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¿Qué gastos puedes desgravarte con la compra del coche? por cocherenting.es

May 4, 2023

LOS GASTOS DEL COCHE QUE SE PUEDEN DESGRAVAR EN LA DECLARACIÓN DEL IRPF

ARRANCA LA CAMPAÑA DE LA DECLARACIÓN DEL IRPF REFERIDA AL AÑO 2022 DONDE MILLONES DE ESPAÑOLES TIENEN HASTA EL ÚLTIMO DÍA DEL MES DE JULIO PARA AJUSTAR SUS CUENTAS FISCALES CON HACIENDA. EN LOS SIGUIENTES CASOS ANALIZADOS SE ACONSEJA INCLUIR EL COCHE EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA PARA REDUCIR EL GASTO FISCAL.

El mes de abril comenzó la campaña de la declaración del IRPF, donde tendrán que declarar y cuadrar sus cuentas ante Hacienda, todos los trabajadores que hayan percibido 22.000 euros de un solo pagador, o más de 14.000 euros si han sido de más de un pagador, y las cantidades abonadas por los restantes pagadores superen los 1.500 euros anuales. En el caso de ser un autónomo, deberá presentarse a la campaña si sus rendimientos íntegros y sus ganancias patrimoniales han sido superiores a los 1.000 euros anuales.

Lo normal es que el vehículo no conste en la declaración ya que en el momento de la compra, está incluido el IVA y el impuesto de Matriculación y de Circulación, aunque existe la posibilidad de deducir algunos gastos dependiendo de ser persona física, autónomo o empresa.

LA COMPRA DE UN VEHÍCULO NUEVO POR PERSONA FÍSICA

Aquellas personas que justifiquen una discapacidad del 33% igual o mayor pueden deducirse hasta el 4% en vez del 21% que se realiza en general. Además, si existe esta minusvalía, pueden solicitar a su vez la exención del impuesto de Circulación y no tendrán que pagar por el impuesto de Matriculación. En este último impuesto en concreto, podrán beneficiarse de él si no se ha realizado esta operación en los últimos cuatros años atrás.

Si el contribuyente forma parte de una familia numerosa, podrá liberarse de hasta un 50% del impuesto de Circulación, siempre que el coche esté a nombre de los progenitores.

EL AUTÓNOMO ES QUIÉN COMPRA EL VEHÍCULO

El primer grupo de autónomos que se beneficia de incluir el vehículo en la declaración del IRPF son aquellos que se dedican al transporte; ya sea por ser transportistas, conductores de VTC, taxistas, autoescuelas, etc. Pueden deducirse hasta el 100% del IVA y del carburante siempre y cuando el vehículo esté a su nombre y se utilice únicamente para el trabajo.

Por otro lado, el grupo de autónomos que no pertenece al sector del transporte, tienen la oportunidad de deducir el 50% de los gastos originados por el combustible y hasta el 50% de cuotas de amortización, intereses e IVA. Siempre y cuando el vehículo solo se utilice para trabajar.

DEDUCCIONES EN COCHES DE EMPRESA

Solo en el caso de que el vehículo de la empresa utilizado por el trabajador sea utilizado con fines empresariales, la propia empresa podrá desgravar un porcentaje anual del total del coste de la compra, incluido los gastos que graven la operación.

De esta forma lo tributado será de un 20% del anual sobre el valor del mercado y podría darse un descuento al precio del coche en función de la eficiencia energética. Esto significa que un modelo con motor de combustión más ecológico será beneficiado por un descuento de hasta un 30% siempre y cuando emita menos de 120 gramos de CO2 o pertenezca a los híbridos, híbridos enchufables, eléctricos o eléctricos de autonomía extendida.

LAS AYUDAS DEL PLAN MOVES TAMBIÉN TRIBUTAN

Todos aquellos contribuyentes que recibieron las ayudas de los planes Moves, por parte de las Comunidades Autónomas, deberán justificarlas como ganancias. El total que deberá pagar dependerá de varios factores como el importe total de la ayuda, la base general del impuesto o el tipo de impuesto que corresponda al nivel de ingresos.

Aún así, el Sindicato de Técnicos de Hacienda concluye en que lo habitual es pagar entre un 20% y un 30% según los factores mencionados. En el caso de que el resultado salga a pagar, el contribuyente podrá gestionar la devolución aplazando o fraccionando el pago.

EL RENTING IDEAL PARA REDUCIR GASTO FISCAL DE AUTÓNOMOS Y EMPRESAS

Los datos proporcionados por AER confirman esta tendencia en alza. Según el estudio del primer trimestre de renting de coches de 2023, autónomos y empresas encuentran el renting como una solución ventajosa donde se ha dado un aumento de contrataciones del 4,03% de renting de empresas frente al mismo mes de 2022. A través de este modelo de movilidad, los autónomos y pymes españoles pueden declarar su contrato de un renting del vehículo de empresa como gasto comercial, y que definitivamente sea una mejor opción en términos de tributación de impuestos que la compra de un vehículo.

Más allá de los beneficios que aporta el renting, resaltan en específico las deducciones de la cuota de IVA, del impuesto de IRPF y sobre el impuesto de sociedades para autónomos, pymes y empresas. En el caso de que el vehículo sea utilizado por un autónomo, las cuotas abonadas son deducibles al 100% en términos de IRPF e IVA lo que genera que las ventajas fiscales del renting sean superiores.

Según el experto Gonzalo Gil Espinós, esta tendencia de autónomos y empresas por apostar por el servicio de renting va a ser exponencial en el tiempo. Afirma que el principal motivo por el que recurren este tipo de clientes al renting es debido a las ventajas fiscales y contables que aporta una reducción significativa de carga fiscal para la empresa. A su vez, añade que los autónomos y empresas consideran «atractivo obtener un coche híbrido o eléctrico actualizado con las últimas novedades de seguridad, tecnológica y responsables con el medioambiente» con el objetivo de no tener que preocuparse por las restricciones de movilidad. Concluye que «solo es cuestión de tiempo» que cada vez más autónomos y empresas se decanten por el renting con el fin de reducir la carga fiscal.

Fuente: https://cocherenting.es